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SALUD PÚBLICA

Última actualización: 22/2/2010

VETERINARIOS DE ATENCIÓN PRIMARIA

El Veterinario adscrito al centro de Salud de Bollullos es Manuel Merás Jiménez, perteneciente a la administración desde Junio de 1979, primero como Veterinario Titular. En 1990 se reestructura el Cuerpo de Veterinarios Titulares integrándose parte de sus componentes en el S. A. S. Es destinado como Coordinador Veterinario del Distrito de A. P. Condado hasta Febrero de 2005, en el que se integra como Veterinario en el área de trabajo que incluye a Bollullos par del Condado y Villarrasa.

 

FUNCIONES

Según el artículo 4º del DECRETO 70/2008 , de 26 de febrero, por el que se regula la plantilla orgánica, las funciones, las retribuciones, la jornada y horario de trabajo, el acceso y la provisión de puestos de trabajo del Cuerpo Superior Facultativo de Instituciones Sanitarias de la Junta de Andalucía, especialidades de Farmacia y Veterinaria las funciones de los Veterinarios y Farmacéuticos adscritos al Servicio Andaluz de Salud son:

1. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 6.2 de la Ley 44/2003, de 21 de noviembre, de ordenación de las profesiones sanitarias, son funciones del personal funcionario del Cuerpo Superior Facultativo de Instituciones Sanitarias de la Junta de Andalucía, especialidades de Farmacia y Veterinaria, las siguientes:

a) En el ámbito de Protección de la Salud:

1.º En materia de Seguridad Alimentaria: Control oficial de la producción y comercialización de los alimentos, aditivos, coadyuvantes tecnológicos y otros productos alimentarios.

2.º En materia de Salud Ambiental: Vigilancia, evaluación y gestión sanitarias de riesgos ambientales que puedan afectar a la salud de la población.

3.º En materia de Zoonosis y Epidemiología: El desarrollo y la participación en programas y actividades para la prevención en las personas, de las enfermedades transmitidas por animales o de aquellos riesgos sanitarios asociados a la fauna, diseño y participación en los estudios epidemiológicos en relación con dichas enfermedades, así como en la investigación de otros brotes de origen alimentario o ambiental, o con implicaciones en protección de la salud.

b) En materia de Promoción de la Salud: El desarrollo y la participación en programas y actividades de información, formación y educación para la salud relacionadas con los hábitos y entornos saludables.

c) En materia de Formación e Investigación:

1.º Colaboración y participación en las actividades de formación continuada.

2.º Participación en las líneas específicas de investigación que se desarrollen en el ámbito de la Consejería competente en materia de Salud y del Servicio Andaluz de Salud

2. El personal funcionario del Cuerpo a que se refiere este Decreto, realizará cualesquiera otras tareas relacionadas con las funciones atribuidas, que le sean expresamente asignadas por la autoridad competente en materia de salud pública.

 

En el ejercicio de sus funciones de inspección según el artículo 5º de dicho Decreto, y de conformidad con el artículo 23.1 de la Ley 2/1998, de 15 de junio, de Salud de Andalucía, gozará de la consideración de agentes de la autoridad a todos los efectos y con sometimiento a las Leyes, estando autorizado para:

a) Entrar libremente y sin previa notificación, en todo centro o establecimiento sujeto al ámbito de la citada Ley, siempre que no tenga la consideración de domicilio particular.

b) Proceder a las pruebas, investigaciones o exámenes necesarios para comprobar el cumplimiento de la normativa vigente.

c) Tomar o sacar muestras, en orden a la comprobación del cumplimiento de lo previsto en las disposiciones aplicables.

d) Realizar cuantas actuaciones sean precisas en orden al cumplimiento de las funciones de inspección que desarrollen, pudiendo adoptar las medidas cautelares provisionales necesarias a fin de evitar perjuicios para la salud en casos de urgente necesidad, conforme a lo que establece el artículo 21.2 de la Ley referida. En tales supuestos, dicho personal habrá de dar cuenta inmediata de las actuaciones realizadas a las autoridades competentes en materia de salud pública, quienes deberán ratificar o no dichas actuaciones en un plazo máximo de 48 horas desde que fueron adoptadas

 

INTEGRACIÓN:

Los veterinarios radicados en los Centros de Salud del Servicio Andaluz de Salud, se integran en la denominada Unidad de Salud Pública del Distrito Condado Campiña, teniendo la consideración de Dispositivo de Apoyo Específico de dicho Distrito, lo que les permite su actuación en la totalidad del territorio del mismo, si bien la organización laboral aconseja desarrollen sus funciones en áreas de trabajo bien delimitadas. Nuestra localidad se integra en este caso, en el Área de Trabajo La Palma del Condado – Bollullos par del Condado (en la que se incluyen además las localidades de Villarrasa, Villalba del Alcor, Manzanilla, Escacena del Campo y Paterna del Campo), atendida por dos Veterinarios de Distrito.

Durante el pasado año 2009 y el actual se está desarrollando en este Distrito un pilotaje de actuación de efectivos de la Unidad de Protección de la Salud. Ello trae como consecuencia que los distintos inspectores ejerzan sus funciones con tres perfiles diferenciados: Perfil de Gestión, Perfil de Supervisiones de Industrias y Perfil General, por lo que la zonas de actuación se han visto modificadas en función del perfil asignado a cada uno de ellos.

Manolo Merás

 

HORARIO DE ATENCIÓN AL PUBLICO

Siendo su horario de trabajo de 8 a 15 horas de lunes a viernes, el horario de atención al público es de 8,30 a 10,30 horas de lunes a viernes, estando localizado su despacho en el mismo centro de Salud de Bollullos.

 

 

FARMACÉUTICOS DE ATENCIÓN PRIMARIA

La farmacéutica adscrita al Centro de Salud de Bollullos es Mª Amparo Torrecilla Rojas. El lugar de trabajo habitual es en Bollullos y de manera puntual Almonte, El Rocío y Matalascañas.

Para hablar con ella es suficiente con pedir cita en el mostrador.

 

OTRAS TAREAS DE LA FARMACÉUTICA

  •  Control del agua : periódicamente se realizan análisis del agua del grifo que garanticen el estado idóneo para su consumo. En este sentido, la farmacéutica toma muestras de agua y las envía al laboratorio de salud pública de Huelva donde se realizan los análisis físico-químicos y microbiológicos correspondientes.

•  Control de vacunas . Consultar página web de la consejería

•  Botiquín de urgencia: gestión y control de toda la medicación de urgencia disponible en el centro.

•  Piscinas : inspección anual a la piscina municipal así como a cualquier otra piscina pública de la zona en la que se comprueban que las condiciones higiénico-sanitarias de las instalaciones sean adecuadas y se adapten a la normativa vigente (Decreto 23/1999).

•  Emitir informes ante denuncias relacionadas con problemas higiénico-sanitarios.

•  Informes de apertura higiénico-sanitarios previos a la puesta en funcionamiento de establecimientos públicos.

•  Alertas sobre alimentos que se detectan en mal estado para su consumo.

•  Seguridad química : control de establecimientos plaguicidas, uso de sustancias potencialmente nocivas contra la salud, etc

 

 

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